Por: Francisco José Ferman
Una verdad incontrovertible es que, en una democracia, el poder político de aquellos electos por los votantes, debe ajustarse, en rigor de derecho, a la letra y al espíritu de la ley primaria.
El incumplimiento de la regla constitucional, invalida todo acto que se efectúe fuera del mandato constitucional.
Tomar protesta del cargo de la primera magistratura de la nación, implica que el titular deberá respetar lo que la Carta Magna le indica.
Cuando el presidente electo les dice a los diputados, “hagan su acto (toma de posesión de la Presidencia) solos, yo me juramentaré con el pueblo”, cae en inmediata inconstitucionalidad ya que los artículos 131 y 235, CN, señalan, de manera inequívoca, que la gestión presidencial comienza con la toma de protesta –no “juramentación” –, del titular ante el Presidente de la Asamblea Legislativa.
¿Cuáles son los efectos este acto?: da validez constitucional a las responsabilidades jurídicas y políticas del titular. Además, legitima los actos de autoridad, da inicio a la inmunidad presidencial y a otros privilegios inherentes al cargo.
Cuando Bukele le da la espalda a la Asamblea niega el estado de derecho, lo cual apunta a los excesos de un poder vertical, autoritario que preocupa a muchos.
¿Por qué toma de protesta y no juramentación? La protesta o compromiso público, del nuevo mandatario, tiene términos y alcances laicos como conviene a un Estado en el que impera la democracia y reconoce al pueblo como agente generador del poder político; en cambio la “juramentación” tiene connotaciones religiosas ya que el juramento se formula ante Dios y no ante el pueblo, lo que negaría la división expresa entre el poder político y cualquiera confesionalidad.
El hecho de que Bukele rompa ese orden establecido que, garantiza la paz social y el buen gobierno, augura el ejercicio de una voluntad política impositiva, autocrática, que promete confrontar, estérilmente, a sectores de la sociedad.
Lo de “juramentarse ante el pueblo” implica un evidente propósito populista, en nada diferente a los alardes de gobiernos autocráticos que últimamente se conocen en Latinoamérica. Resulta alarmante que aún sin haber tomado posesión de su cargo, ya está dando muestras de autoritarismo y desconocimiento de las leyes y del arte de gobernar.
La toma de protesta es un acto relevante, formal, legítimo, que debe rendir el presidente electo ante el órgano del Estado competente. La Constitución, sin embargo, no establece el lugar geográfico en que deberá realizarse el acto protocolario, pero es tajante en lo que se refiere, ante qué órgano del Estado se efectuará.
De no cumplirse el mandato constitucional provocaría, hipotéticamente, que la Presidencia de la República se mantendría vacante, lo cual generaría una crisis constitucional en la que cualquier ciudadano puede presentar demanda de inconstitucionalidad por los actos del nuevo gobierno, ante la Sala de lo Constitucional. Para evitar la vacante de poder, esta Sala podría ordenar al ciudadano Bukele, rendir la protesta de la manera que establece la norma constitucional, para restablecer el orden jurídico quebrantado. No ha lugar a interpretaciones bizantinas: la protesta constitucional es vinculante.
Este episodio, sin precedentes en la vida política salvadoreña, recrea, en alguna medida, el gesto autoritario de Napoleón Bonaparte al coronarse a sí mismo, emperador, despreciando el protocolo que mandaba que los reyes deberían recibir el poder de Dios, a través del papa, en este caso Pío VII.
Si bien Bukele, recibe el poder del pueblo, no puede ignorar que, el legítimo poder emana de ese mismo pueblo, representado por los diputados, a quienes, en apariencia, quiere ahora dar la espalda.
A la ciudadanía? Yo soy ciudadana y no estoy alarmada, podremos ir y ver tal evento, porque alarma? Alarma los acuerdos de FGR-Jueces-imputsdos, condenas de 10 años de prision y servicios de utilidad pública, se rien en muestras caras, eso es alarman