La Sala de lo Constitucional emitió esta tarde una nueva resolución que deja sin efecto la medida del gobierno de prohibir el ingreso al país, a salvadoreños o extranjeros que no presentan el examen negativo de covid-19.
Al mismo tiempo, los magistrados aclaran que impedir el ingreso de los viajeros podría ser constitutivo de delito y lo certificarían a la Fiscalía General de la República (FGR).
«En caso de inobservancia de la medida cautelar adoptada en este proceso, por parte de alguna autoridad, en el sentido de insistir en inadmitir el ingreso de salvadoreños o extranjeros residentes definitivos por cualquier vía (terrestre, marítima o aérea), se certificará de manera inmediata a la Fiscalía General de la República por el posible cometimiento de delito», manifiesta la resolución.
El gobierno por su parte, ha ordenado a las aerolíneas que exijan a los pasajeros a partir de este sábado cuando se dé la reapertura de los vuelos comerciales, presentar una constancia que se encuentran negativos al coronavirus y que la prueba PCR haya sido realizada en las últimas 72 horas antes de su ingreso a El Salvador.
El miércoles de esta semana la Sala decretó las medidas cautelares al respecto, argumentando que restringir el ingreso al país significaría violentar la Constitución de la República.
«Suspéndanse los efectos de las decisiones adoptadas por las autoridades del Ministerio de Salud, Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y Dirección General de Migración y Extranjería – entre ellas, la circular identificada con la referencia 024/2020, suscrita el 11 de septiembre de 2020 por el encargado de la Gerencia Aeroportuaria de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma», sentenció la Sala.
Los magistrados aclaran en la sentencia que las autoridades de Salud efectivamente sí pueden establecer varios requisitos sanitarios de ingreso al país, incluyendo la prueba PCR, pero que no pueden negar la entrada por no presentarla, y establecen que se deben ponderar los derechos que están en juego como el de la salud y de ingreso al territorio, pero no se debe sacrificar uno en aras del otro.
«Con base en las razones expuestas y en el artículo 172 de la Constitución, esta Sala RESUELVE: …Declárase que la prohibición de ingreso de salvadoreños y extranjeros residentes definitivos en los términos explicados, en caso de materializarse, incumpliría la citada medida cautelar y, por lo tanto, dicha prohibición no puede producir ningún efecto mientras se tramita el presente amparo», reza la resolución.
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El gobierno ganó el pulso , las aerolíneas exigirán el examen para viajar a El Salvador y ahí la sala no tiene jurisdicción
[…] Go to Source Author: Julio Villarán […]
SALA OSCURANTISTA CORPORATIVA CONSTITUCIONAL: 1) oscurantistas atrasados 1000 años con su dogma. 2) no es prohibición a ingresar, son protocolos sanitarios para ingresar. 3) NOS VALEN B%RG% SUS MENTECATADAS. VAÁ!
Estos de la sala ya se pasan de dundos , apoyar las medidas para cuidar la salud de los salvadoreños estan dandole via libre a que vengan a infectarnos a todos ademas en los aviones no dejaran subir a nadie si no es negativo ,via terrestre quien sabe
I el fiscal ???? Tiene que hacer cumplir los mandaros de la corte a donde esta el fiscal??
SI NO FUERA TAN GRAVE, DARÍAN RISA LOS “ SALADOS”: “ Salud puede EXIGIR LA PCR,pero no puede negar la entrada“. Entonces, solo por jo..daría la EXIGENCIA…
“SEÑORES” DE LA SALA: LEAN LA ESTADÍSTICA DE CONTAGIADOS DE AYER: 56 LOCALES/26 IMPORTADOS (VARADOS). OJO !! LA MITAD, IMPORTADOS !! ¿IMPORTA MÁS LA LIBRE ENTRADA DE POCOS, QUE LA SALUD DE UN PUEBLO?. LEAN LA CONSTITUCIÓN, QUÉ ES LO QUE PREVALECE!!
Los estudiados que defiende Quijano un criminal actuando como son inútiles y sólo yebandole la contraria a él mejor presidente y jodiendo al pueblo que estudiados de maniatados